Smart cities Madrid aprueba el anteproyecto de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible

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Ayuntamiento de Madrid

El anteproyecto se enmarca en los 109 cambios que se realizarán sobre el texto vigente para fomentar la sostenibilidad, reforzar la seguridad vial, integrar todos los medios de transporte y favorecer la innovación. Esto servirá para hacer más eficaces las medidas de la Estrategia de Sostenibilidad Ambiental Madrid 360, que combate las fuentes de emisiones contaminantes, como el tráfico rodado o los sistemas de climatización no eficientes. Esta estrategia cuenta con el respaldo normativo de dos ordenanzas para su aplicación. La primera de ellas, la de Calidad del Aire y Sostenibilidad, que se aprobó el pasado mes de marzo en Pleno. Y en segundo lugar, la de Movilidad Sostenible (OMS), cuyo anteproyecto para su modificación ha recibido hoy luz verde en Junta de Gobierno y se llevará a Pleno para su aprobación definitiva en dos meses.

El delegado de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante, ha explicado que resulta necesario actualizar el contenido de la normativa para cumplir cuatro objetivos primordiales. Como ha destacado el responsable del área, el nuevo texto pretende convertir a la ciudad en capital de la movilidad sostenible, así como proteger la vida e integridad física y la salud de las personas a través de la mejora de la calidad del aire y la seguridad vial. Se pretende también integrar todos los modos de movilidad armonizando y racionalizando los distintos usos del espacio público y promover la eficiencia y la innovación.

El tráfico rodado supone el 53,3% del NO2 total

Para cumplir el primero de los retos, resulta fundamental que todos los desplazamientos que se produzcan en la ciudad sean sostenibles. El tráfico rodado es el principal responsable de la contaminación del aire por dióxido de nitrógeno en la ciudad, concretamente del 53,3 % del NO2 total y del 74,4 % si sólo se consideran las fuentes locales sobre las que el Ayuntamiento de Madrid tiene capacidad de regular.

El vehículo tipo turismo (excluyendo los taxis) representa el 79,4 % de los recorridos realizados en el municipio. La mayoría tiene como fuente energética el diésel, suponiendo el 69,9 % de los recorridos, frente al 28,2 % que representan los de gasolina. Los turismos híbridos, eléctricos y que consumen otros combustibles alternativos como gas natural comprimido (GNC) o gases licuados del petróleo (GLP) alcanzan en su conjunto el 1,9 %.

Para incentivar el trasvase hacia tecnologías limpias, una de las medidas más importantes que contempla la OMS viene recogida en el artículo 21. Esta concede una protección básica para todos los ciudadanos en el conjunto del término municipal con la restricción progresiva de la circulación a los vehículos más contaminantes, aquellos que no poseen distintivo ambiental (A), mediante la creación de Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Su aplicación es por anillos territoriales, posibilitando cumplir los valores límite y los umbrales de calidad del aire establecidos por la normativa comunitaria y estatal en materia de calidad del aire y protección del medio ambiente.

Calendario de restricciones a los A

De las siete estaciones que superaron en 2018 los valores límite para la media anual de NO2 (40µg/m3), cinco se situaban en el interior de la M-30. Comenzando por las zonas donde los niveles de contaminación son más elevados (interior de la M-30), el calendario de limitaciones a la circulación establecido para aquellos vehículos que no estén dados de alta en el padrón del IVTM del Ayuntamiento es el siguiente: desde el 1 de enero de 2022, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30. Desde el 1 de enero de 2023, queda prohibido su acceso y su circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30. Desde el 1 de enero de 2024, queda prohibido su acceso y su circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE. Desde el 1 de enero de 2025, la prohibición se extiende también para los A de Madrid.

Descenso de los A en un 92,7 % en los próximos tres años

Un vehículo sin distintivo emite de media para el municipio de Madrid 1,6 veces más de gases que un vehículo con clasificación ambiental B; 7,2 veces más que un vehículo con clasificación ambiental C y 47 veces más que un vehículo con clasificación ambiental ECO. En 2017, los turismos A representaron el 18 % de los recorridos. Ese mismo año, según datos de la DGT, aparecían registrados 315.477 vehículos sin distintivo ambiental censados en Madrid. De esta última cifra, gracias a las políticas medioambientales emprendidas por el Ayuntamiento, se espera disminuir su presencia un 92,7 % en 2024 y se prevé su desaparición en 2025.

Las medidas relacionadas con las restricciones a la movilidad y los cambios hacia tecnologías no contaminantes supondrán una rebaja de 1.147 toneladas anuales de óxidos de nitrógeno (NOx), tal y como estimó la Universidad Politécnica de Madrid para la modelización de Madrid 360.  Con Madrid ZBE se estima, además, que se produzcan 92.000 desplazamientos más en transporte público, trasvasándose el 62 % de los conductores del vehículo privado a este medio.

Tarifa dinámica y carga y descarga inteligente

Asimismo, la ordenanza profundiza en la transformación del Servio de Estacionamiento Regulado (SER). Por ejemplo, el artículo 201.4 y el 202 aborda el sistema de gestión inteligente del uso de las reservas de carga y descarga de mercancías para reducir las emisiones debidas a la logística de recogida y entrega y fomentar el uso de las tecnologías menos contaminantes en el ámbito de la distribución urbana de mercancías. Su uso se realiza mediante registro automatizado y por un tiempo máximo de 30 minutos.

El SER podría llegar a 20 barrios nuevos

La nueva normativa acaba con los artículos 56 y 57 que regulaban las zonas de aparcamiento vecinal, ya que no determinaban el sistema específico para su control y se mantiene la fórmula del SER para aquellos barrios donde existen problemas de estacionamiento para la gestión racional del espacio público. El texto contempla la posible ampliación del servicio en el artículo 57 a 20 nuevos barrios de manera parcial (parte del territorio) o total. Solo se implantaría bajo demanda vecinal. De los 49 barrios que actualmente se rigen por esta fórmula se elevaría a 69. Entre ellos, se encontrarían Valdezarza (Moncloa), Puerta del Ángel (Latina) o San Isidro (Carabanchel).

Los artículos 229 y 230 introducen la exigencia a los vehículos empleados en la gestión directa o indirecta de servicios municipales y en la ejecución de prestaciones contratadas a que cuenten con vehículos CERO, ECO y C. Asimismo, se obligará a cumplir con los requisitos acústicos para reducir las emisiones de ruido.

Más seguridad en las aceras y para conductores de bicis y patinetes

La Ordenanza de Movilidad Sostenible refuerza la seguridad vial en las vías urbanas, especialmente en las aceras y zonas peatonales y sobre los colectivos más vulnerables (menores de edad, los de edad avanzada, dependientes, personas con discapacidad y con movilidad reducida). Así, con ánimo de garantizar la accesibilidad universal, a través del artículo 48, se obliga a bicicletas, VMP, ciclos, motos y vehículos de dos o tres ruedas a estacionar exclusivamente en los espacios específicamente reservados y señalizados para ello, preferiblemente en la calzada (reservas situadas en bandas de estacionamiento, pudiendo encadenarse a sus elementos de anclaje y separación).

Madrid toma la delantera respecto a la protección de conductores de bicicletas, patinetes y otros VMP y regula en su artículo 167. 2. que las personas menores de 18 años deberán llevar casco homologado o certificado. En el punto 9 se prohíbe la circulación de bicis por los túneles, salvo que dispongan de carril reservado para tal efecto y en el artículo 172. 2. también obliga a los riders que desarrollan actividad económica de distribución de mercancías o de transporte de personas al uso del casco homologado, indistintamente de su edad. En este mismo sentido se consideran las mismas obligaciones para los VMP en el artículo 179 1. b.

Finalidad integradora de la movilidad sostenible

La modificación de la ordenanza pretende integrar todos los modos de transporte que cohabitan en la ciudad. Entre las medidas que contribuyen a este reto se encuentra la puesta en marcha del bus a demanda nocturno (artículo 41), pudiendo autorizarse en determinadas líneas de autobuses la parada extraordinaria para la bajada y en su caso subida de las personas que así lo soliciten. Pero también el artículos 72 y 73 establecerá reservas para motos, bicis y patinetes. Además, el artículo 88 tratará sobre los vehículos compartidos de carsharing.

En definitiva, la nueva OMS, compuesta por 245 artículos frente a los 250 del texto vigente, permitirá mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, impulsará la transformación urbana hacia una ciudad más sostenible medioambiental y energéticamente y facilitará el desarrollo social, económico y urbano territorialmente equilibrado. El texto se someterá a información pública durante 30 días una vez que se publique en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.